viernes, 24 de octubre de 2008

Caritas española



Cáritas
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El nombre Cáritas (del latín caritas 'amor, caridad', pronunciado ['karita:s]), proviene de la teología católica y es una de las tres virtudes teologales.
Cáritas es una organización humanitaria que agrupa 162 organizaciones católicas de asistencia, desarrollo y servicio social. Los trabajos humanitarios de Caritas son realizados sin tener en cuenta la confesión, raza, género o etnia de los beneficiarios, siendo una de las más amplias redes humanitarias de todo el mundo. La misión de Caritas es resultado de la doctrina social de la Iglesia, centrando sus actividades en la dignidad de la persona humana.
Caritas es una organización dedicada al combate de la pobreza, de la exclusión, de la intolerancia y de la discriminación, habilita a los pobres a participar en los asuntos que afectan directamente sus vidas, además intercede por ellos en los foros tanto nacionales como internacionales.
Contenido[ocultar]
1 Presencia global de Cáritas
2 Historia
3 Estructura
4 Objetivos, trabajo y filosofía
5 Caritas como fuente de trabajo
6 Financiación de sus tareas
7 Enfoques de su trabajo
8 Consejos sobre conflictos relacionados con el embarazo
9 Mujeres en Caritas
10 Caritas en el mundo
10.1 Caritas en Africa
10.2 Caritas en América
10.3 Caritas en Asia
10.4 Caritas en Europa
10.5 Caritas en Oceanía
11 Trabajo con otros grupos altruistas
12 Voluntariados
13 Publicaciones de Caritas
14 Véase también
15 Referencias
16 Enlaces externos
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Presencia global de Cáritas [editar]
Caritas declara que "lo que hace única a Caritas es su presencia constante en las comunidades antes, durante y después de las crisis". Mientras que algunos otros grupos humanitarios ayudan sólo después de una crisis y por un periodo determinado.

Historia [editar]
La primera organización local de Caritas nació en la ciudad alemana de Colonia, en 1897. Fue creada por el prelado Lorenz Werthmann (1858–1921) cuyo nombre original en alemán fue: "Charitasverband für das katholische Deutschland" cuya traducción literal en español es: "Asociación caritativa para la Alemania católica"; la sede de Caritas en Alemania se encuentra hoy en día en Friburgo. En 1916 fue reconocida por la conferencia episcopal como la unión de las asociaciones diocesanas dedicadas a activdades de caridad. Durante la época del nacional socialismo la asociación de cáritas perdió fuerza política y legal, aunque había sido legalmente reconocida desde 1933.
Durante el tiempo de la postguerra de la segunda guerra mundial Caritas incrementó sus actividades en la distribución de donaciones extranjeras para el pueblo alemán. En la década de los años sesenta llegó como ayuda voluntarios extranjeros para la ayudar a damnificados ya fuera de catástofes naturales como de la guerra.
Después de la unión de las dos Alemanias, Cáritas logró en la antigua Alemania comunista en 1990 la nueva re-apertura como organización legalmente establecida y su trabajo y objetivos fueron reconocidos. En 1993 se acordó tener un consejo central de Cáritas en Alemania y en 2005 fue reformado este consejo, el director de Cáritas en Alemania desde el año 2004 es el teólogo monsenior Msgr. Dr. Peter Neher (Allgäu, Bayern).
Después se crearon organización nacionales de Caritas en Suiza, Austria y Estados Unidos de América.
En julio de 1924 se decidió hacer una central con sede en la ciudad suiza de Lucerna.
En diciembre de 1951 se creó Caritas Internationalis.

Estructura [editar]
Sus órganos son:
Asamblea General
Comité Ejecutivo
Secretariado General
La Asamblea General está formada por un representante de cada organización local.
El Comité Ejecutívo está compuesto por un presidente y un tesorero electos por la Asamblea General.
El Buró está compuesto por el presidente, vicepresidente y tesorero.
El Secretariado General se compone principalmente de un secretario general.

Objetivos, trabajo y filosofía [editar]
El trabajo de Cáritas incluye apostolados que apoyan diversos sectores sociales, en muchas ocasiones en trabajo conjunto con el gobierno del lugar.
Apoyo a Jóvenes con problemas de drogadicción
Apoyo a personas sin hogar
Apoyo a personas con problemas de alcoholismo
Apoyo a personas sin sustento alimentiício
Los objetivos guía de Cáritas son:
Dignidad de la persona humana
Opción por los pobres
Destinación universal de los bienes de la tierra
Solidaridad
Custodia del planeta

Caritas como fuente de trabajo [editar]
Las donaciones que los fieles católicos aportan a Cáritas en todo el mundo representan también una fuente de empleo para personas que administran localmente ayuda, aunque la mayoría de los bienhechores son voluntarios.

Financiación de sus tareas [editar]
Cáritas como unidad local es autónoma e independiente, sin embargo existe el principio de apoyo entre toda la comunidad global.
La financiación de Cáritas proviene de donaciones tanto de dinero como en especie.

Enfoques de su trabajo [editar]

Consejos sobre conflictos relacionados con el embarazo [editar]

Mujeres en Caritas [editar]
La confederación de Cáritas ha creado un grupo de trabajo llamado "Grupo de trabajo de género", el cual estudia las condiciones de equidad y dignidad en cuestiones de género en el mundo.

Caritas en el mundo [editar]


Caritas

Trabajo con otros grupos altruistas En Alemania es común que Cáritas coopere con otros grupos altruístas como Diakonie de la Iglesia evangélica.

Voluntariados
Los voluntarios que trabajan con Cáritas pueden realizar su labor de manera simple acudiendo a los centros locales de Cáritas o acudiendo a la parroquia más cercana, donde es sposible registrarse y realizar una labor. No existe registro vía internet.
Dependiendo de las actividades y el país a trabajar los voluntarios reciben la capacitación adecuada al trabajo a desarrollar.

Publicaciones de Caritas ]
Las publicaciones de Cáritas Española más significativas son: revista "Cáritas" de tirada mensual. Revista de Teología de la Caridad "Corintios XIII". Revista "Documentación Social" de sociología aplicada. Además Cáritas Española como editorial posee un amplio catálogo de publicaciones que están disponibles en su página web: www.caritas.es

Véase también
Catolicismo
Iglesia Católica

Referencias Carsten Frerk: Caritas und Diakonie in Deutschland. Alibri 2005 ISBN 3-86569-000-9
Catherine Maurer, Caritas. Un siècle de charité organisée en Alsace. La Fédération de Charité-Caritas d'Alsace 1903-2003, Strasbourg, 2003 ISBN 2-7468-1167-7
Friedhelm Schwarz: Wirtschaftsimperium Kirche - der mächtigste Konzern Deutschlands. 2005. Rezension in der WELT v. 18.8.05.

Enlaces externos
PAGINA WEB DE CARITAS

sábado, 20 de septiembre de 2008

En Catalunya habitan 98.700 jóvenes que ni estudian ni trabajan


La Unión General de Trabajadores (UGT) de Catalunya publicó en estos días un estudio titulado Els altres joves 2008 (en catalán), el cual analiza la situación de 689.900 jóvenes radicados en esta comunidad autónoma. Estas cifras representan el 9,68% de la población total del país.
El informe señala que casi 100,000 jóvenes entre 16 y 24 años ni trabajan ni estudian, develando con ello la crítica situación de precariedad que este sector de la población padece. Los responsables del informe afirman que entre las principales causas de este fenómeno se encuentran el fracaso escolar y el abandono prematuro de los estudios.
Hace tres años la organización sindical realizó el mismo estudio y encontró que 65.000 jóvenes experimentaban tal miseria social, lo que comparado con las cifras del actual informe representa un aumento del 51,84%.
Vía: La Vanguardia

Analisis jovenes desempleados en España

sábado, 6 de septiembre de 2008

Bolsa de trabajo - Ofertas de Empleo en ONGs-El Paraguay

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martes, 26 de agosto de 2008

Mejico: Sta Fe: OFICIOS QUE CAMBIARON CON LOS AÑOS

LOS PANADEROS, EL LECHERO, EL PELUQUERO, Y EL RECOLECTOR DE BASURA, ENTRE OTROS.

El barman
El 5 de noviembre de 1889, hace casi 110 años, un grupo de hombres progresistas, dedicados a la elaboración del pan para lo que era una gran aldea que se perfilaba para ser la gran ciudad de principios de siglo, se unieron para formar la Sociedad de Propietarios de Panaderías de Santa Fe. Estaban entre ellos, Ramón Mollerach, Juan Courtault, Rafael Costa y Angel Falco, entre otros.
El PAN SE REPARTÍA CASA POR CASA
Don Mariano Riera, un español de excelentes 86 años nos cuenta, junto a los panaderos de los años '90, Rubén Sabena, Rubén Maidana y Ovidio Farto, como se trabajaba allá por 1920.El pan se hacía trabajando en la cuadra desde las 22 hasta las 4 de la mañana, luego comenzaba a las 7.30 el reparto en carro a caballo, un caballo era para la mañana y otro tomaba su lugar a la tarde. Los caballos conocían de tal manera el recorrido que se detenían frente a la puerta de cada cliente y cuando escuchaban el "hasta mañana" comenzaban a trotar por su cuenta. En aquellos años, '20, '30, '40 no todo Santa Fe tenía pavimento y el carro permitía llegar a los barrios con calles de barro, intransitables por las lluvias.
La relación entre el panadero que repartía y sus clientes era de tanto afecto que por momentos se demoraba prolongando la charla. En aquellos primeros años del siglo no había muchas panaderías, el pan era muy barato y se consumía muchísimo, el reparto de la tarde se hacía hasta bien tarde.Además del pan se vendía mucho el galletón con grasa para matear, hecho con recortes de bizcochos y masa de pan. Obviamente no se conocían las facturas, tortitas ni masas finas.Con el paso de los años, llegando a los '60, y con la aparición de las sucursales, se comenzó a vender pan en despensas luego almacenes, hasta llegar a los '80 con la venta de pan en supermercados, el repartidor de pan desapareció casi por completo, quedando algunos casos aislados.Hoy, el Centro de Industriales Panaderos funciona en un importante edificio de 1° de mayo 2248 y concretó, como un hecho relevante, la "Escuela de especialidades, panadería, facturería y confitería."

El recojedor de basura

EL ÚLTIMO CARRITO LECHERO
Francisco Sureda fue el último hombre que recorrió las calles de Santa Fe con su carrito lechero tirado por su fiel compañero de trabajo "Filiberto".
Sureda se inició en el reparto de leche cuando tenía 15 años, acompañando a su padre. Conoció las distintas etapas por las que pasó la comercialización de leche: cruda, pasteurizada (1926), en botellas, y más tarde en sachet.También sufrió la falta de leche cuando llovía, por no poder sacar de los tambos el producto debido a la intransitabilidad de los caminos de tierra.
1925 - Almacén Monte Líbano, en 25 de Mayo y Crespo.

Don Francisco, junto a su caballo Filiberto, llegaron a distribuir 300 litros diarios; y cuando se le ofreció la compra de un camioncito para continuar se negó por considerar que ya no estaba en edad de manejar.



Con el retiro de las calles de Francisco y Filiberto se fue otro símbolo de nuestra ciudad.


LOS DIARIEROS
Antes de a pie, hoy en bicicleta -y hasta en moto- los canillitas se siguen haciendo escuchar en nuestras calles.De todos modos, cada cual con su estilo, defendiendo su zona de ventas y reparto, no han cambiado demasiado desde los primeros diarios, como el "Nueva Epoca" de nuestra ciudad, o "Crítica" de Capital, hasta "El Litoral" o el "Clarín" de la actualidad.


Los peluqueros;

Fotos Rodolfo Di Terlizzi.
Los canillitas de hoy. Qué diferentes y vacías serían las tardes de esta ciudad si cada grito de un canillita dejara de escucharse algún día!

miércoles, 6 de agosto de 2008

Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechosde los pueblos indígenas

Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechosde los pueblos indígenas
Resolución aprobada por la Asamblea General, 13 de septiembre de 2007
La Asamblea General, Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados de conformidad con la Carta,Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales,Afirmando también que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad,Afirmando además que todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas,Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,Preocupada por el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses,Consciente de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su filosofía, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos,Consciente también de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados,Celebrando que los pueblos indígenas se estén organizando para promover su desarrollo político, económico, social y cultural y para poner fin a todas las formas de discriminación y opresión dondequiera que ocurran,Convencida de que el control por los pueblos indígenas de los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos les permitirá mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades,Considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,Destacando la contribución de la desmilitarización de las tierras y territorios de los pueblos indígenas a la paz, el progreso y el desarrollo económicos y sociales, la comprensión y las relaciones de amistad entre las naciones y los pueblos del mundo,Reconociendo en particular el derecho de las familias y comunidades indígenas a seguir compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus hijos, en observancia de los derechos del niño,Considerando que los derechos afirmados en los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Estados y los pueblos indígenas son, en algunas situaciones, asuntos de preocupación, interés y responsabilidad internacional, y tienen carácter internacional,Considerando también que los tratados, acuerdos y demás arreglos constructivos, y las relaciones que éstos representan, sirven de base para el fortalecimiento de la asociación entre los pueblos indígenas y los Estados,Reconociendo que la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2) , así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena (3) afirman la importancia fundamental del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual éstos determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural,Teniendo presente que nada de lo contenido en la presente Declaración podrá utilizarse para negar a ningún pueblo su derecho a la libre determinación, ejercido de conformidad con el derecho internacional,Convencida de que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en la presente Declaración fomentará relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y los pueblos indígenas, basadas en los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la no discriminación y la buena fe,Alentando a los Estados a que cumplan y apliquen eficazmente todas sus obligaciones para con los pueblos indígenas dimanantes de los instrumentos internacionales, en particular las relativas a los derechos humanos, en consulta y cooperación con los pueblos interesados,Subrayando que corresponde a las Naciones Unidas desempeñar un papel importante y continuo de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas,Considerando que la presente Declaración constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,Reconociendo y reafirmando que las personas indígenas tienen derecho sin discriminación a todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y que los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos,Reconociendo que la situación de los pueblos indígenas varía según las regiones y los países y que se debe tener en cuenta la significación de las particularidades nacionales y regionales y de las diversas tradiciones históricas y culturales,Proclama solemnemente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuyo texto figura a continuación, como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo:Artículo 1 Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos (4) y la normativa internacional de los derechos humanos.Artículo 2 Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas.Artículo 3 Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.Artículo 4 Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.Artículo 5 Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.Artículo 6 Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.Artículo 7 1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona. 2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo de vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.Artículo 8 1. Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura. 2. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de: a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica; b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos; c) Toda forma de traslado forzado de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos; d) Toda forma de asimilación o integración forzada; e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos.Artículo 9 Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. No puede resultar ninguna discriminación de ningún tipo del ejercicio de ese derecho.Artículo 10 Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso.Artículo 11 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas. 2. Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.Artículo 12 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y controlar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos. 2. Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados.Artículo 13 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas y mantenerlos. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.Artículo 14 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje. 2. Las personas indígenas, en particular los niños indígenas, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación. 3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, junto con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.Artículo 15 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación pública y los medios de información públicos. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.Artículo 16 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de comunicación privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena.Artículo 17 1. Las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable. 2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación del niño, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social del niño, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para el pleno ejercicio de sus derechos. 3. Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a condiciones discriminatorias de trabajo, entre otras cosas, empleo o salario.Artículo 18 Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.Artículo 19 Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.Artículo 20 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo. 2. Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa.Artículo 21 1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas.Artículo 22 1. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas en la aplicación de la presente Declaración. 2. Los Estados adoptarán medidas, junto con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.Artículo 23 Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.Artículo 24 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud, incluida la conservación de sus plantas medicinales, animales y minerales de interés vital. Las personas indígenas también tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud. 2. Las personas indígenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y mental. Los Estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente la plena realización de este derecho.Artículo 25 Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.Artículo 26 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido. 2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma. 3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.Artículo 27 Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra forma. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.Artículo 28 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado. 2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada.Artículo 29 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación alguna. 2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado. 3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para garantizar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos.Artículo 30 1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se haya acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado. 2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.Artículo 31 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales. 2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.Artículo 32 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos. 2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo. 3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar las consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.Artículo 33 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven. 2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos.Artículo 34 Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.Artículo 35 Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.Artículo 36 1. Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros así como con otros pueblos a través de las fronteras. 2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán medidas eficaces para facilitar el ejercicio y garantizar la aplicación de este derecho.Artículo 37 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos. 2. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.Artículo 38 Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, para alcanzar los fines de la presente Declaración.Artículo 39 Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración.Artículo 40 Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.Artículo 41 Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.Artículo 42 Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, en particular a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por la eficacia de la presente Declaración.Artículo 43 Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.Artículo 44 Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.Artículo 45 Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.Artículo 46 1. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiere a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas, ni se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes. 2. En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y las libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática. 3. Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe. Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. Resolución 217 A (III).
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viernes, 1 de agosto de 2008

La eliminación de las ONG independientes


Trino Márquez Viernes,
21 de julio de 2006,Venezuela
En materia de solidaridad y apoyo internacional, el teniente Coronel Hugo Chávez aplica un principio un poco extraño: resulta que la salsa que es buena para el pato no es buena ara la pata. Él se permite utilizar el dinero que pertenece a todos los venezolanos para apoyar a las izquierdistas madres de la Plaza de Mayo, a los piqueteros argentinos, a los sandinistas y salvadoreños que controlan algunos cuantos municipios, y a toda la izquierda comunista latinoamericana. Participó activamente en la campaña presidencial en Perú donde compitió Ollanta Humala, financió en gran parte la campaña de Evo Morales, y, por su fuera poco, una vez Presidente lo ha colmado de regalos y favores. De la tiranía cubana ha sido su principal soporte financiero durante los últimos años. ¿Alguien lleva el control de esos aportes? ¿Existe alguna instancia nacional o internacional que centralice, supervise o simplemente haga el seguimiento del monto, uso e impacto de esa catarata de petrodólares que el autócrata gasta a diestro y siniestro? ¿Esos montos quedan asentados en algún libro que algún organismo contralor pueda revisar? Por supuesto que nada de eso ocurre. El orden, la gerencia planificada y los controles previos y posteriores, no forman parte de la rutina administrativa ni del proyecto político del comandante. Él administra los recursos públicos de la nación como todo dictador bananero: a su real saber y entender.
Chávez es un amante apasionado de la informalidad. Utiliza el poder que le proporciona el petróleo para desestabilizar los gobiernos democráticos de la región, aúpa los movimientos subversivos del continente, coquetea con el régimen teocrático de Irán y simpatiza con esa caricatura que es Kim Jong II porque desafía a los Estados Unidos y al resto de la comunidad internacional, al persistir en su enloquecida campaña guerrerista, a pesar de que encabeza el gobierno de un país miserable al que las Naciones Unidas le proporciona permanentemente ayuda alimenticia.
Ahora resulta que Chávez pretende asfixiar todas las organizaciones no gubernamentales (ONG) que operan en Venezuela y que reciben modestas colaboraciones internacionales de organismos que están sometidos a severos controles en sus naciones de origen. Desde luego que el objetivo principal del teniente coronel es cercar a Súmate, una asociación civil que sobre la base del esfuerzo, la disciplina y la eficiencia, se ha convertido en la organización que goza de la mayor confianza y respeto en el plano nacional e internacional. Este éxito resulta inaceptable para un gobierno en el que predomina la mediocridad y la incompetencia. El jefe del MVR quiere impedir que surjan otras agrupaciones civiles que posean la potencialidad de Súmate, y que en el futuro cercano puedan convertirse en una referencia importante para los factores democráticos. Por ese motivo fue que le ordenó a Carlos Escarrá, el abogado de las peores causas, elaborar el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional. Mediante este instrumento el Gobierno de Chávez intenta asumir el control pleno del registro y financiamiento de las ONG de todo el país. Para alcanzar esta meta, uno de los dispositivos que pondrá en marcha es el Sistema Integrado de Registro de ONG, variante de la DISIP. Estar empadronado en él será una condición obligatoria para que esas organizaciones puedan funcionar legalmente. En el mismo proyecto de ley se contempla la creación de un fondo que financiara a aquellas ONG que se adecuen a las prioridades de la política exterior y a los intereses del proyecto nacional, o sea, chavista.
Esta visión restringida y controladora de las ONG es típica de los sistemas totalitarios. Tanto el comunismo como el fascismo y el nazismo combaten las organizaciones independientes de la sociedad civil, las llamadas organizaciones intermedias, que tejen los nexos de interconexión entre la sociedad y el Estado. Las naciones democráticas más avanzadas se caracterizan por contar con numerosas organizaciones civiles independientes, desde los sindicatos hasta los clubes deportivos y los de abuelitas tejedoras. Al contrario, en países como Cuba y Korea del Norte, o, en el pasado, en la Rusia de Stalin, la Alemania de Hitler o la Italia de Mussolini, el Estado captura hasta los clubes de fotografía y decide incluso cuál muchacha debe ser la reina de carnaval en una parroquia. En estos sistemas cerrados las organizaciones independientes desaparecen y todas las formas de agrupación quedan subordinadas al dominio del Estado. Por eso es que en todos esos países existe el partido único, el sindicato único, periódico único y ideología única. El gobierno forma las denominadas organizaciones estabularias; es decir, aquellas que dependen exclusivamente del Estado y están sometidas a éste. En la Rusia comunista y en todos sus satélites de Europa oriental, los sindicatos, por ejemplo, estaban sometidos a la férula del gobierno. No existía el derecho a huelga, ni se discutían los contratos colectivos. El sector oficial imponía unilateralmente los sueldos y los trabajadores no tenían derecho a ningún tipo de protesta. Esta es la situación en Cuba y en China. Por eso es que en esas naciones los capitales foráneos establecen condiciones leoninas a los trabajadores con la complicidad del sector público. Aquí en Venezuela Hugo Chávez trata de hacer lo mismo mediante el control de la CTV y de todo el movimiento sindical Los sistemas totalitarios le temen a la pluralidad y a la complejidad Ven en la diversidad un peligro inminente. En medio de la multiplicidad los ciudadanos pueden plantearse la disidencia y la crítica. Esto no le conviene al pensamiento único. El totalitarismo reduce todo a la más estricta simplicidad. El mundo queda dividido entre los buenos y los malos. Entre los revolucionarios y los reaccionarios. Entre los imperialistas y los patriotas. Por supuesto, que quienes tienen la razón siempre están del lado del gobierno.
El proyecto de Ley de Cooperación Internacional representa un paso más en el camino hacia la cubanización y el totalitarismo. Forma parte de ese plan en el que entra el control de la educación y de la cultura, la eliminación del Ejército y su sustitución por milicias sometidas al poder del caudillo, la asfixia de la descentralización y el control de los medios de comunicación. En este escenario se mueve el país mientras la oposición se mira el ombligo.
tmarquez@cantv.net

sábado, 19 de julio de 2008

Los Yoruba Fotos de su arte










de Cuba, a “Yoruba Andabo":
PANTEON YORUBA

Los Yoruba


Palabras Claves: Esclavitud; Negros; Cultura; Africanos; Yorubas; Imperio Oyo; Oyo; Africa; CubaVer texto completo (rtf)
Autora: Annette A. del Rey RoaDepartamento de Estudios Sociorreligiosos, DESR.Centro de Investigaciones Psicológicas y Sociológicas, CIPS.La Habana, 1996
Resumen
El artículo refiere sobre la vida de los yorubas en Africa, su nivel de desarrollo socioeconómico, político, religioso y cultural. Abordan algunas de las posiciones académicas que se asumen a la hora de clasificar el tipo de sociedad a la cual pertenecieron los yorubas.

Se exponen algunas tesis respecto a problemáticas referidas a la permanencia en el tiempo de los significados y símbolos religiosos yorubas en relación con otros conglomerados africanos que también llegaron a Cuba. Además, se problematizan estas cuestiones relacionadas con el desarrollo de la sociedad yoruba, su llegada a América, específicamente, Cuba contextualizandolo en que situaciones histórico concretas este grupo étnico llega en gran proporción al Nuevo Mundo. Se incluye bibliografía.
América, fue para el Viejo Mundo la tierra promisoria, el paraíso divino terrenal. Fue el lugar para la liberación de sus más exóticos y ambicionados sueños y; Cuba, fue la puerta hacia ellos.Fue el lugar donde tanto el español como el africano pudieron reconocerse en sí mismos. La mezcla y combinación de las diferentes influencias culturales que aquí confluyeron y con fundamentalidad en lo español y lo africano, dieron lugar a la formación de una nueva cualidad: el criollo. A diferencia del resto de América donde el criollo era el otro; devenida su otredad por la presencia y persistencia de las comunidades aborígenes conjuntamente con la producción de su mundo cultural y social. En Cuba, sin embargo, este personaje era lo propio. El criollo por su unicidad fue la nueva cualidad que permitió el surgimiento y desarrollo de lo cubano; y la cubanidad como elemento universal a partir del recibimiento de múltiples influencias debido a ser ésta una sociedad abierta.El surgimiento del criollo -y por consiguiente de lo cubano- fue el resultado de un proceso de acriollamiento. Este proceso fue la posibilidad de verter diferentes culturas para la formación de una nueva; donde los individuos -criollos- nacidos en el nuevo lugar van a desdibujar la memoria histórica de sus padres; pues nacen y se desenvuelven en un medio geográfico, cultural y social diferente al de ellos. La segunda generación de habitantes se le conoció como reyoyo, estos ya no pretendían volver a las culturas anteriores como soñaban sus antecesores. De esta forma se evidencia que su origen no es étnico sino cultural implicando un cambio en todos los aspectos de la vida humana.A este pueblo lo define su carácter multicolor, multicultural, multiétnico que genera una cultura y un modo de pensar nuevo; cubano. En este nuevo carácter un papel principal lo ocupa la influencia africana, lo mismo en su característica demográfica como en la formación sociocultural. El africano se reconoce y es reconocido por primera vez como tal completamente cuando llega a América.La introducción masiva de africanos a la realidad americana y específicamente a la cubana, y las aportaciones que realizaron al mestizaje cultural y a la formación de la psiques colectiva o de los caracteres nacionales; se erigió como un atractivo tema de estudio dentro de las sociedades americanas desde diferentes enfoques de análisis: político, étnico, cultural, social, entre otros.Numerosas investigaciones se comenzaron a suceder.

A partir, las primeras, de una condenación biológica del negro; características achacadas a éste como: lasitud, lujuria, indiferencia, pereza, las bruscas crisis de exaltación, entre otras; son más bien consecuencia de la institución de la esclavitud y no al negro como tal; así como al blanco le son concedidas las suyas como ser deformado por este mismo fenómeno.

El paso de la condenación biológica a la condenación sociológica, - analizar al negro como ser deformado por la esclavitud- proporciona un juicio más objetivo y científico sobre el papel del africano y sus descendientes; pero no destaca el papel civilizador del negro.Una tercera etapa en el análisis de lo negro fue "el mito de la negritud" (Bastide, 1970-79, p.54), que fue un descubrimiento de los blancos antes de ser recuperada y transformada por los negros.

Esta etapa se esforzó por limitar el papel civilizador del negro a ciertos sectores - y no los más importantes- de la cultura latinoamericana: el folclore oral, la música, el baile, el teatro popular, la cocina, la religión dado en su carácter folklórico, entre otras.

Estos terrenos fueron los más visibles y también, con el fin de trazar una línea divisoria entre el aporte africano y el europeo que se reserva "las actividades nobles": autoridad política, desarrollo económico, cultura intelectual y artística en sus más sutiles o más ricas manifestaciones.

Uno de los errores de una considerable parte de los trabajos realizados consiste en circunscribir con gran exclusividad el aspecto pintoresco, anecdótico, folclórico, o en otras palabras el aspecto exótico del africanismo. Producto de este error redundan otros muchos que ven al negro y a su cultura en su otredad o en su sincretismo.

El negro cubano no es el negro africano. El negro y sus descendientes trasplantados a un medio diferente tuvieron que responder al reto "inventando" una nueva cultura, una cultura negra no africana. Pues, a la medida que nos alejamos de la trata negrera - que era la encargada de introducir negros bozales- cobrará más importancia e influencia el papel civilizador del negro, en la formación del carácter negro en lo cubano.Las religiones de origen africano no en su carácter folclórico, sino como elemento sustantivo y constitutivo de una expresión religiosa nueva; no tan sólo en sí mismas, sino en su relación con otras religiones no africanas que conjuntamente ayudaron a crear una expresión religiosa genuinamente nacional.

En Cuba se descubre una nueva relación religiosa que no es europea, ni africana, ni asiática; sino que constituye la expresión de la "panmixia" (Bastide, 1970-79, p.56) de la alianza de las razas y las civilizaciones en contacto y, por consiguiente, la única verdaderamente nacional. En América ocurre, también esto, pero es en Cuba donde esta expresión, como elemento integrativo del proceso de acriollamiento, cobra mayor relevancia.

Si tenemos en cuenta que el criollo es el cubano y no el otro. Este elemento va cobrando importancia en la medida en que este proceso de acriollamiento primero y criollamiento después permitió la formación y desarrollo de una identidad cubana y, por consiguiente, de la nación cubana.Sabido es, que muchas denominaciones étnicas de africanos llegaron a nuestras costas; pero una de las más importantes, por el desarrollo de su cultura original, fueron los yorubas. A este grupo étnico, a su cultura, nos referiremos en este artículo.

Quiénes fueron, cómo vivían y qué hicieron, son algunas de las preguntas que nos proponemos contestar. Con el objetivo de introducirnos en la cultura original yoruba, para que nos ayude a comprender y a conocer mejor a quiénes influyeron en el surgimiento y desarrollo de la cubanidad, de lo cubano.El territorio yoruba abarca la zona de Africa occidental bañada por el océano Atlántico, se extiende por el este hasta el delta del río Níger.

Situado al nordeste entre Andra y Benin. Los yorubas, uno de los principales grupos étnicos de Nigeria y otros lugares de Africa, se estima que su expansión por todo este territorio ocurrió entre el siglo VIII o principios del siglo XI. Creándose los principales reinos desde esta fecha hasta el siglo XIX que fueron: Owu, Ijebu, Ketu, Popo, Egba, Sabe, Dassa, Egbado, Igbomina; dieciséis principados Ekitis, Owo y Ondo; y un gran imperio que fue Oyo.Muchos autores - principalmente africanos- consideran que el fundador de los yorubas fue Oduduwa de origen árabe. Algunos consideran que provenía de La Meca, el Alto Egipto o del Nilo.

Existen numerosas historias acerca de esta figura histórica, que luego fue deificado y muchas veces aparece dentro de la hagiografía yoruba como mujer de Obatalá; aunque este pasaje solo se sustenta en la religión y no en la historia real de este personaje.

Consideran también que Oduduwa, fue quien creó el gobierno moderno y las instituciones y organizaciones que hicieron famosa a la nación yoruba.De los supuestos familiares cercanos a Oduduwa se considera a Oranyán u Oranmiyán como el más conocido y nombrado de sus parientes posee innumerables historias y múltiples interpretaciones.

Se le atribuye la fundación del imperio Oyo, el más legendario y famoso del territorio yoruba; también, del reinado de Benin y conquistador de Ilé-Ifé.El imperio Oyo fue la zona yoruba más extensa y central. Algunos autores consideran que lo propiamente yoruba proviene de Oyo, y no les falta razón, pues fue este un imperio poderosísimo, de gran desarrollo y de un vastísimo poder sobre el resto de los pueblos a su alrededor, yorubas o no.

El imperio Oyo fundado a partir de 1400 controló y determinó la vida y el modo en que otros pueblos se desarrollarían. Situó a los yorubas y sus costumbres en el centro de su universo particular. Agrupó a estados no yorubas como el Dahomey, y no estaban integrados a él, otros estados yorubas como Ekiti e Ilesa.

Tanto es así, que la lengua yoruba entre los siglos XVI y XVIII se convirtió en lingua franca en gran parte de Africa occidental. Además de ser la lengua del comercio, del gobierno, de la religión y de los restantes aspectos de la vida social.

Aunque la cultura en el territorio yoruba era en general uniforme existían variantes locales respecto al marco general, debido a las particularidades geográficas de cada región. Siendo la religión la fuente esencial de su cultura. Los yorubas vivían fundamentalmente en las ciudades, a diferencia del resto de los africanos que son campesinos mayoritariamente. Debido a la posición estratégica que poseía Oyo, esto le permitió comerciar ampliamente; alcanzando un alto desarrollo industrial, donde despuntaba la fundición y la fragua, la producción de bienes de consumo como vestidos, productos para la alimentación, adornos, cosméticos, entre otros.

El comercio yoruba era floreciente gracias a un sistema bien organizado de mercados periódicos comunicados entre sí por una red viaria bien desarrollada.Oyo contó con un ejército muy desarrollado y suficientemente fuerte para respaldar la estructura del Imperio, por su poderosa caballería, su buena organización y su alto nivel de disciplina; aunque la fuerza del Imperio radicó en la diplomacia.

Fue la unidad política de mayor estabilización en el área yoruba.Para el profesor López Valdés la definición del sistema político social del estado yoruba es insuficiente, pues plantea que no se ha llegado a un consenso entre los autores para definirla; algunos plantean que son Ciudades-Estados, y otros que son regímenes feudales.

En nuestra opinión, a los yorubas no debe analizarse estrictamente a través de esquemas de los tipos de estados políticos sociales europeos.El estado yoruba presenta características tanto de una como de la otra; si bien es cierto que el imperio Oyo se comporta como una Ciudad-Estado para algunos, también es, que el resto de las ciudades -reinos- poseen una relativa autonomía político social con respecto a Oyo.

Más que una Ciudad-Estado, fue una monarquía limitada del territorio yoruba; siendo Ilé-Ifé su ciudad más importante.Para los yorubas Ilé-Ifé es la tierra de los más antiguos días. La alborada donde tuvo lugar la creación, donde el amanecer del día se vio por primera vez. Es el núcleo de todo el universo, la morada original de todas las cosas, la casa de los dioses y los espíritus misteriosos.

El corazón que puso a correr la sangre por las venas de toda la nación yoruba.Fue la capital del antiguo reino yoruba antes de la aparición del imperio Oyo. Tuvo un tipo único de crecimiento constitucional e histórico, no tuvo ejércitos, ni grandes jefes militares. Era la ciudad de las cuatrocientas deidades, donde se le rendía culto a todos los dioses nacionales conocidos. Famosa por sus obras de arte, especialmente la escultura.Las características feudales que definen a este imperio están, también, muy marcadas.

Partiendo de la base de su unidad social que se encuentra en el ebi - familia o descendencia -, donde la noción de individuo aislado era francamente extraña; cada ebi poseía un sistema de relaciones bien definido y el criterio a través del cual se medían tales relaciones era la edad.

La cual estaba determinada por la edad biológica y, además, por el momento de llegada a la familia.

Por lo que era frecuente que los niños tuviesen mayor jerarquía dentro de la familia, que algunas mujeres que llegaban a ella después producto del matrimonio.

Pues la pertenencia familiar es patrilocal.Las jerarquías sociales yorubas se dividían en tres niveles: el Alafín - el rey -; los iyoye - los jefes -; y los habitantes que se distribuían todos en los diferentes ebi. Cada ebi se estructuraba de la misma manera, encabezado por el jefe de la familia. La noción de poder para los yorubas estaba perfectamente asumida y muy bien elaborada. Esta se basaba en dos conceptos fundamentales: agbara y ase.

El agbara es el concepto generalmente admitido de poder, aceptación de un individuo del poder que tiene respecto a otro, en el derecho que se le confiere de utilizar legítimamente o no la fuerza para alcanzar un determinado objetivo; esto es defendido en toda la sociedad.

El ase es la autoridad. La autoridad investida de las instituciones. Es el estatuto constitucional; la voluntad colectiva del órgano constituyente cuyos limites los fija ella misma.Además, para reforzar ambos conceptos se encuentra la religión. Ella es el vehículo mediante el cual pueden relacionar el cielo y la tierra; y el modo de que cada acción terrenal sea aceptada previamente por el cielo. La importancia de esta aceptación estriba en que sin ella es imposible realizar acto alguno en la tierra.Los yorubas dan cuenta de la existencia de dos dominios bien definidos e independientes que entran en relación.

La manera de ejercer el poder sobre la tierra no tiene relación alguna con la salvación divina; esta se basa en el perdón de los pecados, que para los yorubas era llevar una vida sabia y previsora. Este cambio en la noción de poder en la relación cielo-tierra que aparece en la religión yoruba en la propia Africa, pudiera ser en nuestra opinión, uno de los primeros elementos sincretizados de la religión yoruba; no en el aspecto litúrgico sino en el teológico conceptual.

El sistema teológico yoruba basado fundamentalmente en dos tendencias de culto, en los dioses-orishas que representaban o eran fuerzas naturales y/o geográficas y en el culto a los antepasados.

Sufrió ya en la propia Africa un proceso de racionalización que se fundamentó y consolidó en América, en nuestro caso en Cuba, al amparo del sistema teológico-católico. Pero que desde su tierra originaria los dioses fueron y tomaron comportamiento humano.

Tal es el caso de Shangó, que fue un personaje real e histórico, fue el tercer Alafín del imperio Oyo, que tras su muerte fue deificado y asumió la personalidad religiosa de Jakuta el dios del trueno y del rayo. El sincretismo de Shangó con el dios solar Jakuta le permitió universalizarse dentro del territorio yoruba; y éste no sólo asume el don sobrenatural de Jakuta, sino que la base ética de su culto emana de la personalidad del dios solar que asume y no de su conducta como figura histórica. La introducción de Shangó como divinidad devino por razones políticas; y este es un elemento más que ayudaría a caracterizar el tipo de sociedad que poseían los yorubas como algo peculiar.

El desarrollo acelerado de la sociedad yoruba en tan sólo tres siglos, desde el momento que se funda el imperio Oyo y comienza a expandirse su dominio por la mayor parte del territorio yoruba hacia 1400, hasta que comienza su declinación hacia principios del siglo XIX. Truncado por la presencia europea en las costas africanas que tenían el propósito del comercio de esclavos para el Nuevo Mundo.

Subsumiéndolo en cruentas luchas intestinas y en costosas campañas militares, cuyo objetivo era apoderarse de la mayor cantidad de prisioneros de guerra para convertirlos en esclavos, y comercializarlos con los europeos.

La esclavitud en el Africa occidental era una institución tradicionalmente extendida, con características peculiares, de tipo patriarcal. Convivían amos y esclavos, y estos últimos poseían una relativa independencia. Incluso un hombre libre podía convertirse en esclavo si adeudara alguna cuenta, y hasta que ésta no fuese pagada su condición de esclavo se mantenía. La fuente principal de mano esclava se obtenía mediante los prisioneros de guerra. Es por ello que la esclavitud en la sociedad yoruba podía ser transitoria o permanente; y se otorgaba por un derecho consetudinario que contemplaba una serie de figuras jurídicas.

Por ser un poderosísimo y desarrollado conglomerado étnico los yorubas, su presencia en Cuba y América es escasa y fraccionada durante los primeros siglos de la conquista y colonización; y sólo hasta el propio siglo XIX su presencia se hace sustancial y en algunas zonas mayoritarias. Es por ello que si nos remitimos a la Historia de América, ya en el siglo pasado los únicos países colonizados por España y Portugal que mantenían el régimen de la esclavitud y que son de gran interés para sus metrópolis son Cuba y Brasil.

El resto había abolido la esclavitud luego de sus respectivas guerras de independencias. Por tanto, Cuba y Brasil son los únicos que reciben una afluencia considerable de esclavos de origen yoruba; que traen consigo sus tradiciones costumbres y religión. Es por ello, también, que en el sincretismo religioso de estos dos países podemos encontrar una fuerte presencia de la religión yoruba.Este aspecto no ha sido muy estudiado por los investigadores, relacionar la Historia del Imperio Oyo y la Historia de América.

Si bien se señala correctamente la introducción tardía de los yorubas a la realidad americana; la consecuencia que entraña para la formación y desarrollo del sistema étnico-cultural americano no se ha explicado con suficiencia. Siendo un elemento que contiene un alto contenido de diferenciación entre los países americanos y por supuesto del resto del mundo.La esclavitud en Cuba devino en un proceso no homogéneo que se fue incrementando con el decursar del tiempo debido a rejuegos económicos y políticos; y al amparo de un comercio de esclavos que no le era proporcional. Pues la esclavitud en Cuba se extendió y floreció ya cuando el comercio de esclavos comenzaba legalmente a declinar.Los primeros tratados de supresión de tráfico de esclavos firmados por España e Inglaterra se produjeron hacia 1790 y 1820; al mismo tiempo que se establecen las premisas económicas e ideológicas que permitían el desarrollo del sistema esclavista plantacional, que es la base y consecuencia del crecimiento acelerado de la esclavitud en Cuba.Se estima que entre 1521 y hasta la década de 1870 llegaron a Cuba 1 300 000 esclavos africanos(López, 1986); y se considera que sólo hasta la primera mitad del siglo XVIII la presencia yoruba comenzó a ser un etnos importante dentro de la amalgama de la población cubana. Antes de este momento sólo representaban el 5.08% del total de esclavos según los archivos parroquiales de La Habana.Con la Toma de La Habana por los ingleses en 1762 se presume que sea la mayor entrada yoruba hasta ese momento, pues eran extraídos de la factoría inglesa situada en la bahía de Benin; la mayoría eran ibo, pero aún los yorubas eran una minoría sustancial. El incremento de los yorubas hasta 1800 fue discreto y fraccionado.

Hasta la fecha la proporción mayor fue la carabalí con un 39.3%, luego los congos con un 31%, seguido por los mandingas con un 10.01% y en cuarto lugar los yorubas con un 5.3% del total general.En el período de 1790 a 1817, entraron a la Isla alrededor, de 250 000 esclavos, y ya hacia los finales de la década de 1830 entraban no menos de 60 000 esclavos anuales. Es durante esta década que la población yoruba aumenta y aún más en la década de 1840; luego en la siguiente comienza a descender.

La Habana tuvo una concentración mayor de esclavos yorubas en el período de 1839-1877, los yorubas representaron el 24.84% de todos los esclavos reportados. En la década de 1850-1860 los yorubas representaron el 34. 52% (López, 1990) de los esclavos de La Habana. Esto indica la creciente introducción yoruba en la capital y sus alrededores.Los yorubas fueron de los esclavos africanos los de mayor influencia dentro de nuestra identidad cultural debido a su mayor desarrollo sociocultural. Es por ello que su cultura tiene mayor persistencia, pues contribuyeron en la formación de nuestra identidad; y además, completaron espacios culturales de otros grupos africanos de menor desarrollo sociocultural.

Pudiéramos seguir hablando sobre los yorubas mucho más, de su pensamiento político, social y filosófico; pero esto sería asunto de otro trabajo. Valga éste, para adentrar a quiénes no conocen este mundo velado y muchas veces ignorado de los yorubas. Sirva para desprejuiciarnos y develarnos de criterios eurocéntricos que han querido denominar con sus modelos particulares a culturas ajenas a ellos. Sirva, además, para repensar nuestra historia desde un punto de vista más auténtico; no desde la negación de lo que fuimos sino desde la afirmación de lo que somos. Pues, (...) "todo pueblo que se niegue a sí mismo esta es trance de suicidio"(Ortiz, 1940, p.2).Tomando en consideración las culturas originarias como fuente proveedora de las esencias de nuestra cultura. El re-conocimiento cabal de nuestros orígenes africanos identifica, refuerza y diferencia nuestra identidad.

Pues estas culturas africanas desde su posición no hegemónica respecto al poder establecido en la sociedad cubana; supo imbricarse fuertemente en el entramado social cubano. De manera, que nos permite interrogarnos sobre lo que fuimos, lo que somos y lo que seremos. Reconociendo que son un elemento activísimo en la formación y desarrollo de la identidad y carácter de lo cubano.


BIBLIOGRAFÍA-Akinjoabin, I.A. (1983).

El concepto de poder en el Africa tradicional: al área cultural yoruba. En El concepto de poder en Africa. Colectivo de autores, Ed. UNESCO/Serbal, primera edición. Barcelona, España.

-Bastide, R.(1970-79). Historia del papel desempeñado por los africanos y sus descendientes en la evolución sociocultural de América Latina. En Introducción a la cultura africana en América Latina. Colectivo de Autores, Ed. UNESCO. Barcelona, España.

-Feraudy, H.(1993). Yoruba: un acercamiento a nuestras raíces. Ed. Editora Política. La Habana, Cuba.

-López Valdés, R.(1986). Notas para el estudio etnohistórico de los esclavos lucumís en Cuba. En Anales del Caribe, (6). Cuba. (1990). Resistencia e identidad. En Bohemia, 82(45), 9 de noviembre. La Habana, Cuba.

-Ortiz, F.(1940). El fenómeno social de la transculturación y su importancia en Cuba. En Revista Bimestre Cubana, 46(64). La Habana, Cuba.

-Suret-Canale, J.(1982). En el homenaje a Fernando Ortiz: observaciones críticas a los conceptos de cultura africana. En Revista de la Biblioteca Nacional José Martí. 24 (1-2), ene.-ag.. La Habana. Cuba.
Cómo citar este documento:
Formato de cita electrónica (ISO 690-2)

Rey Roa, Annette Aracelia del.Un análisis de la cultura yoruba desde la sociología de la religión. Annette A. del Rey Roa. En: Un análisis de la cultura yoruba desde la sociología de la religión . CIPS, Centro de Investigaciones Psicológicas y Sociológicas, Ciudad de La Habana, Cuba: .1996.
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[Citado: 19/7/2008].

jueves, 17 de julio de 2008

Joven pero con experiencia, ONG camboyana


La Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC) es una red global de redes cuya misión es empoderar y apoyar a organizaciones, movimientos sociales e individuos en el uso de la información y en las tecnologías de comunicación (TIC).



Por FD para APCNoticias
MONTREAL, Canadá, Jun 19

Open Institute workshop

¿Alguna vez trabajaste en un documento que utilice software en idioma khmer? Gracias a los incansables trabajadores con que cuenta el Open Institute (OI), nuevo miembro de APC en Camboya, son cada vez más las personas que responden “¡sí!”.
Los promotores del proyecto KhmerOS, desde hace años muy allegados a la comunidad de APC, trabajaron más de la cuenta en 2007, junto a algunos colegas periodistas. Así fue cómo lograron fundar el Open Institute, donde concentraron todos sus conocimientos y experiencia previos.
La coordinadora del programa de aprendizaje abierto del OI, Kong Sidaroth, se formó parte de la junta directiva de APC en 2006 y 2007. APC se complace en dar la bienvenida a su red, tanto a ella como a sus colegas del Open Institute.
“Nosotros/as nos vemos como facilitadores/as”, explica Chim Manavy, directora ejecutiva de la naciente ONG. “Facilitamos la comunicación, el intercambio de conocimientos y la equidad de género mediante el uso estratégico de las TIC y del idioma khmer”. No resulta difícil comprender qué significa concretamente esto cuando uno echa un vistazo al historial de los colegas de OI.
Su iniciativa del software en khmer no viene sola. La acompañan proyectos de empoderamiento de las mujeres, escuelas abiertas y emprendimientos de aprendizaje, y hasta un proyecto lexicográfico. La experiencia del grupo camboyano en el uso estratégico de las tecnologías de la información y la comunicación es de vasto alcance.
¿Pero exactamente de qué manera toma todo esto la forma de un instituto?
“Bueno, antes que nada nosotros/as tenemos una misión: que Camboya sea un país donde la gente tenga un acceso equitativo al conocimiento, la información y la tecnología, como una vía para facilitar el desarrollo económico en su totalidad”, dice Manavy. “Una vez establecidos/as, decidimos poner en marcha seis programas: iniciativa de software en khmer, programa de escuelas abiertas, empoderamiento de las mujeres para el cambio social, aprendizaje abierto, publicaciones y lexicografía”.
La iniciativa de software en khmer (KhmerOS) es la punta de lanza del Open Institute. Comenzó con la idea de brindar productos tecnológicos que pudieran ser igualitarios y apoyando así el desarrollo tecnológico en todo Camboya. El idioma local y el software libre se identificaron como dos poderosos ingredientes para proveer un mejor acceso a las herramientas que se están utilizando a nivel global.
Por ejemplo, el desarrollo del paquete localizado de infomática OpenOffice en Khmer fue un gran éxito, pero recién después de haberlo aplicado a situaciones de la vida real y enseñado a muchos usuarios ávidos en ONG, todas las escuelas, pequeñas y medianas empresas y el gobierno camboyano.
“El cambio más significativo que trajo esto fue dar acceso a trabajos que requieren el uso de una computadora a la gente sin una educación formal y sin conocimiento de ningún idioma extranjero,” explica Manavy, desde Phnom Penh.
Por su parte, el programa escuelas abiertas (programa conjunto del Open Institute y el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte de Camboya) apunta a mejorar la enseñanza de las TIC en las escuelas, utilizando únicamente aplicaciones de software libre en idioma khmer. Sus principales objetivos son el desarrollo de destrezas en TIC en los docentes y estudiantes, y el enriquecimiento de la educación a través de las TIC.
Otro de los programas del OI, aprendizaje abierto, cuyo objetivo es empoderar a las instituciones educativas para empezar a utilizar el aprendizaje electrónico en sus programas educativos, está desarrollando todo el contenido necesario relacionado con la implementación del aprendizaje electrónico y el desarrollo de tecnologías en idioma khmer. Esta previsto capacitar a las instituciones educativas en los conocimientos prácticos sobre aprendizaje electrónico, experiencia directa y tecnología lista para usar.
El muy activo programa de empoderamiento de las mujeres del OI se propone unir en red a todas las organizaciones de Camboya que están trabajando en los temas de las mujeres y la equidad de género. “Los portales de mujeres ayudan a crear sinergias entre todos los que están trabajando en defensa de los derechos de las mujeres. También queremos capacitar a más mujeres en el uso de las TIC, y proporcionar herramientas electrónicas como listas de correo, blogs y foros.”
Todos los esfuerzos invertidos por el Open Institute, desde sus primeros pasos en 2006, apuntan a promover y estimular a los hombres y las mujeres a acumular experiencia expresándose a sí mismos a través de las TIC. Justamente por eso, el sitio web del OI publica semanalmente editoriales y noticias de Camboya. Como sostiene Manavy: “Esto estimula el debate político y social y desarrolla el hábito de la comunicación”.
Open Insititue
(END/2008)

lunes, 14 de julio de 2008

LUTO


LUTO POR DOUGLAS ROJAS JIMENEZ

sábado, 12 de julio de 2008

Accion Social en Educacion



Un ejemplo de que sí se pueden motorizar desde el área digital algunas experiencias de activismo ciudadano en tres pasos.
1. El Ministerio de Educación por su cambio de titular, equipo, nombre y demás rosca se retrasó peligrosamente en la suscripción del convenio con las iglesias católicas del país. No hablamos de las escuelas privadas esas carísimas de las áreas privilegiadas de Caracas, sino de las más de 700 escuelas ubicadas en áreas necesitadas del país, como Fe y Alegría, La Salle y otras de la red jesuítica.

En zonas donde las ONG’s cumplen desde hace décadas el papel que el Estado no pudo cumplir.

Lanzamos la alerta desde el portal Sic Semanal.

Click para que no se pierdan detalle.
2. La nota con un empujoncito subió a la prensa nacional ayer, para darle más visibilidad a un tema que por retraso y negligencia podría afectar el año educativo de miles de niños y niñas en todo el país. Se había usado hasta los ahorros para pagar el mes de febrero en las escuelas y no había fondos para el mes en curso.

Mireya Tabuas reseñó la nota en El Nacional donde aparece hasta el post del punto 1, y por la radio también se comentó algo durante el día. Por lo general esto se firma al empezar al año, no en al finalizar el primer trimestre.3. Hoy llegó la comisión del Ministerio de Educación a la AVEC para firmar el convenio y seguir adelante con las relaciones con las escuelas católicas de todo el país.

El propio Padre Antón escribió la nota de agradecimiento. Esperemos que el dinero baje lo antes posible a los planteles que lo están necesitando para seguir operando.
Decían The Beatles: “with a little help from my friends”

domingo, 6 de julio de 2008

ETIOPIA. FUTURO NEGRO

La resolución de las hambrunas etíopes está llevando al país a un círculo sin salida, ya que los envíos de comida internacional están destruyendo su agricultura.
Por desgracia, Etiopía es un ejemplo del camino que próximamente seguirán muchos países en vías de desarrollo.
El Responsable de Cooperación de Cruz Roja Española para África nos da más pistas sobre la realidad y las posibles soluciones para este país.
-Etiopía sufre graves hambrunas que se están paliando con el envío masivo de comida desde Europa y EEUU. Sin embargo, esto está destruyendo su agricultura, con lo que en un futuro no podrán depender de ellos mismos. ¿Cuál sería la forma más inteligente de paliar esa hambruna?-El problema de la hambruna en Etiopía es estructural y las soluciones deben tener un enfoque de desarrollo y acciones a largo plazo.
La educación debe ser el eje sobre el que se articulen estas acciones, como la educación nutricional dirigida a las mujeres para cambiar hábitos no saludables y que hacen que la población etíope esté malnutrida de manera crónica.
Hay que mejorar el acceso a servicios sociales básicos, crear infraestructuras básicas como puntos de agua potable para consumo humano, aumentar la superficie agrícola, y disminuir la dependencia de las lluvias.
Se deben diversificar los ingresos de las familias para que no dependan sólo de una actividad, y promover el papel de la mujer en la comunidad como agente de desarrollo.
-Desde Etiopía proponen comprar allí la comida -en zonas la hay, pero es muy cara para ellos-, sin embargo los países ricos aseguran que el trigo etíope no cumple las normas de calidad. ¿Es una excusa para, en realidad, dar salida a sus productos subsidiados?-Etiopía tiene zonas deficitarias y zonas excedentarias de producción de trigo.
La primera respuesta debería ser utilizar los excedentes que hay dentro del país de forma cuidadosa, para no crear una subida de los precios que afecte a toda la población. Si eso no bastase, utilizar los excedentes regionales, y así progresivamente hasta que en último lugar quedarían los excedentes de la UE y USA.
-¿Hay como objetivo destruir la agricultura, para hacer de Etiopía un país dependiente del comercio exterior?-La realidad es que la ayuda exterior se ha consolidado como un factor muy importante de la economía del país, y eso supone un serio problema para el desarrollo de Etiopía. El fracaso de los Planes de Ajuste Estructurales que impuso el FMI tuvo como consecuencia la enorme deuda exterior que arrastra el país y que, junto con la guerra con Eritrea, ha imposibilitado acometer las reformas estructurales que necesita el país para salir de esta situación.
-En plena hambruna, Nestlé -que gana 13 veces el PNB de ese país- les reclama 6 millones de dólares, ¿Qué papel están jugando las multinacionales en el Tercer Mundo?-Las multinacionales, al igual que el FMI y el BM tienen una responsabilidad muy grande en la situación que viven estos países, y que viene de los tiempos de la colonización a la que fueron sometidos y de la que nunca se han liberado, económicamente hablando.
/ Marta Iglesias